NORMAS DE TRANSCRIPCIÓN DE LOS DOCUMENTOS
Las transcripciones serán de carácter literal estricto, ajustándose a las siguientes normas:
1. Se respetará en un todo la grafía original del texto.
2. Sólo se apartará del mismo en cuanto contemplará la separación gramatical de palabras.
3. Esto regirá no sólo en cuanto se separarán las palabras unidas, sino también en cuanto se unirán las letras de una palabra que estén separadas.
4. Se conservarán las abreviaturas.
5. La s larga y la s de doble curva (redonda) se transcribirán con s redonda (la usual en la grafía moderna).
6. La c con cedilla se transcribirá literalmente: ç.
7. Se respetará el uso de i e y, ya sea como vocales o consonantes según el texto original: myll, maior, vyo.
8. La r mayúscula con valor fonético de rr, se mantendrá: Río, Rodrigo, coRe.
9. Se respetará la duplicación de letras: cossa, cappitan, ottra, ffecha.
10. Se conservarán las contracciones: del, della, desta, ques.
11. Se respetará el signo copulativo t.
12. Se conservará la puntuación del original.
13. Se conservará el uso de mayúsculas y minúsculas del original.
14. Se respetará la acentuación (o su ausencia) del original.